Verificación de Certificados de Ahorro Energético – CAE

¿Qué es un CAE?

Un Certificado de Ahorro Energético (CAE) es un documento oficial que certifica un ahorro energético equivalente a 1 kWh al año, logrado a través de la realización de actuaciones de eficiencia energética. Este sistema permite:

No ofrecemos servicios de verificación de CAES a clientes que hayan recibido previamente servicios de consultoría y/o rehabilitación.

¿Qué tipo de actuaciones
generan CAES?

Actuaciones
Estandarizadas.

Son aquellas en las que la metodología de cálculo del ahorro está validada en las fichas correspondientes aprobadas en la Orden TED/845/2023, de 18 de julio.

Actuaciones
Singulares.

Son actuaciones que no se encuentran en las fichas, por lo que hay que calcular el ahorro a través de diferentes protocolos.

Sectores
Relacionados.

Agentia R+ está acreditada para la verificación de actuaciones estandarizadas de todos los sectores y para actuaciones
singulares del sector residencial y terciario.

Son aquellas en las que la metodología de cálculo del ahorro está validada en las fichas correspondientes aprobadas en la Orden TED/845/2023, de 18 de julio.

Son actuaciones que no se encuentran en las fichas, por lo que hay que calcular el ahorro a través de diferentes protocolos.

Agentia R+ está en proceso de acreditación para la verificación de actuaciones estandarizadas de todos los sectores (Industrial, terciario, residencial, agrario y transporte).

Qué es el sistema CAE: El proceso

Para más información visite la página oficial de MITECO

¿Qué beneficios económicos
tiene el Sistema CAE?

Recuperación de
la inversión

Vende los ahorros energéticos certificados y compensa el coste de las mejoras.

Incentivo a la
eficiencia

Mejora el rendimiento energético de tu edificio y accede a incentivos gracias al certificado CAE.

Monetización
del ahorro

Convierte la reducción del consumo energético en un ingreso adicional mediante el sistema CAE.

¿Qué Agentes están
implicados en el proceso?

Sujetos obligados.

Empresas energéticas que están obligadas a pagar anualmente al Fondo Nacional de Eficiencia Energética. Con el nuevo Sistema CAE, dichas empresas podrán aportar un porcentaje de esa cantidad mediante Certificados de Ahorro Energético (CAEs).

Sujetos delegados.

Empresas que actúan como intermediarios para ayudar a
los sujetos obligados a liquidar una cantidad determinada de CAE cada año.

Propietario del ahorro.

Persona u organización que ha llevado a cabo una
inversión que ha generado ahorros energéticos. Dicho ahorro puede cederlo a cambio de una contraprestación.

Usuario final.

Persona que se beneficia de la actuación. Suele coincidir con el propietario original del ahorro.

Verificadores de ahorro energético.

Entidades acreditadas por ENAC que verifican el ahorro conseguido en cada actuación.

¿Cómo se verifican los CAEs?

Para garantizar que se cumplan los requisitos exigidos por la Normativa,
Agentia R+ realiza un proceso riguroso de verificación

Glosario

Actuación estandarizada
Actuación de eficiencia energética que, por sus características y particularidades técnicas, pueda ser fácilmente replicable.

Actuación singular
Actuación de eficiencia energética que, por sus características y particularidades técnicas, no puede ser incluida en una ficha del catálogo. Podrán dar derecho a la emisión de CAE válidos una vez hayan sido ejecutadas y los ahorros anuales de energía obtenidos confirmados por un verificador de ahorro energético.

Catálogo
Conjunto de fichas técnicas con la relación de actuaciones estandarizadas de ahorro de energía final que darán derecho a la emisión de un CAE válido.

Certificado de Ahorro Energético (CAE)
Documento electrónico que establece el reconocimiento fehaciente del ahorro anual de consumo de energía final derivado de una actuación de eficiencia energética realizada bien de acuerdo con el catálogo al que se refiere el artículo 18 de este real decreto, bien bajo la consideración de actuación singular.

Consumo de energía final
Energía suministrada a la industria, el transporte, los hogares, los servicios públicos y privados, la agricultura, la ganadería, la silvicultura y la pesca y otros consumidores finales. El consumo de energía final no incluye los suministros al sector de transformación de la energía y a las industrias de la energía propiamente dichas, el consumo de energía de los buques internacionales ni las pérdidas debidas al transporte y distribución de energía.

Contrato de delegación
Acuerdo de derecho privado firmado entre un sujeto obligado y un sujeto delegado por el cual este último se compromete a obtener y liquidar en nombre del primero un número de CAE equivalente a una cantidad de ahorro de energía final determinada.

Convenio CAE
Acuerdo firmado entre el sujeto obligado o el sujeto delegado con el propietario del ahorro de energía final, por el cual este cede dicho ahorro a los primeros a cambio de una contraprestación que garantiza el efecto incentivador.

Coordinador Nacional del Sistema de CAE
Órgano administrativo encargado de asegurar el correcto funcionamiento del Sistema de CAE a nivel nacional. La coordinación nacional del Sistema de CAE corresponderá a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Dictamen de verificación
Comunicado del organismo de verificación sobre el resultado del proceso de verificación.

Expediente CAE
Conjunto ordenado de documentos y actuaciones relativos a la emisión, registro y liquidación del CAE, así como las diligencias encaminadas a la implementación del conjunto del sistema.

Ficha técnica
Documento con especificaciones técnicas detalladas que determina el ahorro anual en energía final, medido en kWh, conseguido por la ejecución de una actuación estandarizada concreta.

Gestor Autonómico del CAE
Órgano con competencias en materia de eficiencia energética designado por la comunidad autónoma o por las ciudades de Ceuta o de Melilla, encargado de validar la información contenida en el expediente CAE de aquellas actuaciones de eficiencia energética ejecutadas en su ámbito territorial para, en su caso, proceder a la emisión del CAE y a su preinscripción en el Registro Nacional de CAE.

Liquidación de un CAE
Reconocimiento de la consecución del ahorro anual de energía recogido en el certificado para un año en concreto. La liquidación de CAE corresponderá al Coordinador Nacional del Sistema de CAE.

Necesidades de ahorro energético
Cantidad de ahorro de energía final anual que se adjudica por la Secretaría de Estado de Energía a sujetos delegados a través de un mecanismo de subasta, con el objetivo de cumplir los objetivos de ahorro energético establecidos en el artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012.

Obligación de ahorro energético
Cuota anual de ahorro energético de ámbito nacional asignada a cada uno de los sujetos obligados del SNOEE, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 69.1 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre.

Programa de verificación
Reglas, procedimientos y gestión para llevar a cabo las actividades de verificación en un sector específico. Un programa también puede denominarse “esquema”.

Propietario del ahorro de energía final
Persona física o jurídica de naturaleza pública o privada que lleva a cabo la inversión de la actuación en eficiencia energética con la finalidad de obtener un ahorro de energía final, para sí mismo o para un tercero, o bien aquella a la que le ha sido cedido el ahorro generado por dicha actuación.

Sujeto delegado
Persona jurídica de naturaleza pública o privada que pueda asumir, total o parcialmente, la delegación de la obtención de ahorros de energía de uno o varios sujetos obligados y que haya sido previamente acreditado como tal por el Coordinador Nacional del Sistema de CAE.

Sujeto obligado
Empresas comercializadoras de gas y electricidad, operadores de productos petrolíferos al por mayor y operadores de gases licuados de petróleo al por mayor, tal y como se establece en el artículo 69 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre.

Titular del CAE
Sujeto obligado o sujeto delegado a favor del cual ha sido emitido un CAE o bien que lo haya adquirido a través de un negocio jurídico de compraventa.

Usuario final o beneficiario
Persona física o jurídica que, siendo titular, arrendatario u ocupante de las instalaciones sobre las que se ha ejecutado la actuación de eficiencia energética, obtiene un impacto positivo de los ahorros de energía final generados.

Verificación
Confirmación de una declaración, mediante la aportación de evidencia objetiva de que se han cumplido los requisitos especificados.

Verificador de ahorro energético
Entidad acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) que podrá ser elegida libremente por el sujeto obligado o el sujeto delegado entre aquellas que presten este servicio y que será la encargada de verificar los ahorros de energía obtenidos por la ejecución de una o varias actuaciones de eficiencia energética, así como que la documentación aportada por los sujetos obligados y/o los sujetos delegados en el expediente CAE cumple con todos los requerimientos de información.

Marco Normativo

  • El Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, por el que se establece un sistema de Certificados de Ahorro Energético.
  • Orden TED/815/2023, de 18 de Julio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 36/2023, de 24 de enero.
  • Orden TED/845/2023, de 18 de julio, por la que se aprueba el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética.
  • Orden TED/296/2023, de 27 de marzo, por la que se establecen las obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en el año 2023
  • Más información en la página web del MITERD.

Descargables

Aquí puedes consultar y descargar información clave sobre nuestro compromiso con la imparcialidad, el proceso de tratamiento de quejas y apelaciones, y el procedimiento de verificación CAE.

¿Tienes dudas o quieres más información?

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Puede solicitar información dirigiendo su solicitud al email
verificacion.caes@agentiarplus.com 

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